29/Julio/2003
Blanca Patricia Galindo

La reposición del proceso a través del cual se otorgó la concesión de alumbrado público y semaforización a Mexicana de Mantenimiento y Alumbrado (MMA), así como una mayor apertura a la información generada en torno a éste, fueron propuestas ayer por especialistas de la Universidad Autónoma de Puebla (UAP), quienes analizaron el contrato otorgado por el ayuntamiento capitalino.

Durante una entrevista realizada en la revista radiofónica La Ley de Herodes, los académicos, reconocidos en sus áreas, expusieron lo siguiente:

Orlanif Quesnel Rendón (coordinador del Colegio de Ingeniería Mecánica y Eléctrica).- El proyecto de iluminar es bueno, pero requerimos conocer el proyecto original para analizar el consumo de energía, el parque luminario. Vimos que al valor que se estima de 35 mil lámparas al consumo actual sería una cantidad mensual de 4 millones 265 mil kilowatts por mes y en alguna forma se piensa que habría un ahorro de 9.8% y no de 30% como se dice, pero se necesita más información para ver bajo qué criterios se operará.

Nicolás Fueyo (director de la Facultad de Ingeniería).- El consumo ahora no está medido, sino estimado.

Orlanif Quesnel.- Se deben ver las normas oficiales mexicanas, porque se habla de instalar algunas luminarias que ya no están permitidas (...) lo que se propone también es bajar los watts y la altura en algunas lámparas.

Honorio Ojeda (secretario académico de la Facultad de Economía).- El documento tiene legalidad, pero no legitimidad. Legalidad porque el ayuntamiento tiene esas facultades (de concesionar el servicio) pero el tiempo rebasa a la administración y requiere de la aprobación del Congreso. Ya está firmado en enero de este año y lo turnaron apenas al Congreso y eso es una contradicción con la Constitución, de ahí que es legal porque le compete al ayuntamiento, pero ilegal porque el 104 constitucional dice que antes de que se firme el documento, el Congreso debe emitir su aprobación. Es inconstitucional porque el Congreso no está opinando antes de, sino después de.

Lo que se tiene que hacer es iniciar nuevamente el proceso de concesión.

Raúl González Padilla (de la maestría en Tránsito y Transporte).- En el caso de licitaciones es interesante observar que la Ley de Obra Pública es la que rige, y con base en esa ley se hace la del estado, que contempla los servicios relacionados. Ellos se manejan por la Ley Orgánica Municipal, que también está supeditada a la Constitución del estado. En el título de concesión están manejando dos conceptos: servicio de mantenimiento para  alumbrado y por otro la infraestructura de la semaforización, entonces ¿es un servicio o es una obra de mantenimiento? Se tendría que revisar qué bases técnicas están tomando, no sabemos en fecha cuándo se elaboró el proyecto ejecutivo, que no tenemos, el 12 de noviembre se presenta al Cabildo el proyecto de concesión, pero hay una situación, en un artículo se dice que no se puede modificar la infraestructura existente, sino nada más dar el servicio. Se hizo un cronograma en todo lo que tiene que ver. Se dice que se crea la empresa Mexicana de Mantenimiento el 25 de noviembre, 13 días después, no es porque se piense mal, pero estamos hablando de un proyecto de esta envergadura, bastante redituable, se supone que debe de tener experiencia, y no la manifiesta sino después de, hasta el 6 de enero.

- ¿Por qué se declara desierta la licitación?, se le pregunta.

- En la ley dice que deben existir al menos dos propuestas y fueron descalificadas dos, una de ellas Mexicana de Mantenimiento, por no cumplir con algunos aspectos.

Honorio Ojeda.- En la ley orgánica sólo se tipifica como servicio al alumbrado, no a la semaforización y hay que precisar qué es porque se confunden los términos y se habla de dos servicios cuando sólo uno está tipificado.

- ¿Qué hay de Citelum, que es la empresa filial?, se preguntó a los ponentes.

Dante Méndez (director de la Facultad de Economía).- Si lo que se toma como base para la concesión la cuestión económica, para evitar el despilfarro, entonces ahí tendríamos que preguntar lo siguiente: en primer término la concesión se otorga a una empresa de reciente creación que le impide contar con experiencia. Se dice que esta empresa Citelum da el respado, pero en sus estados técnicos y financieros, de los últimos cuatro años, en tres la empresa tuvo pérdidas, entonces cómo va a dar el respaldo. En 2001, además, fue absorbida por Dalkia, por lo que es poco probable que garantice eficiencia. Si tiene un alto nivel de apalancamiento, ¿quién va a pagar el costo si la empresa quiebra?

Honorio Ojeda.- (...) No tiene por qué aprobarse, porque es ilegal, se debe reiniciar el procedimiento.

Nicolás Fueyo.- Yo creo que se debe dar información, debe haber transparencia, porque  parece que se hace todo “en lo oscurito”, se habla de un proceso “rapidito” cuando nadie se va a negar a mejorar los servicios, pero hay que hacerlo con transparencia (...).